martes, 12 de junio de 2007

ACTA PARITARIA

En la ciudad de Buenos Aires, a los 22 días de mayo de 2007, siendo las 15.00 hs. en la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, ante el Dr. José Elías Miguel VERA, en su carácter de Presidente de la Comisión Negociadora para la Administración Pública Nacional, Sectorial del Personal del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), acompañado por el Lic. Eduardo BERMUDEZ, comparecen en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria Dr. Julio VITOBELLO, en representación de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, su titular, el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA, y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el titular de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA, el Lic. Raúl RIGO, en representación del INTI, el Sr. Julio Cesar CANESTRARI y el Sr. Santiago Rafael OLIVERA; y en calidad de asesores del Estado Empleador el Lic. Norberto PEROTTI, el Lic. Carlos SANTAMARIA; el Dr. Jorge CARUSO, el Arq. Eduardo SAMPAYO; el Lic. Lucas NEJAMKIS, el Lic. Eduardo SALAS, y la Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, los Sres. Oscar RIQUELME, Armando FASTMANN y Hugo SPAIRANI, y la Sra. Sara CIVILE, y en representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, los Sres. Eduardo DE GENNARO, Rubén MOSQUERA, Fabián PEREYRA y Francisco DOLMAN.

En el marco del proceso de Negociación Colectiva Sectorial del INTI y con el objeto de instrumentar el incremento salarial que surge de las pautas y metodología dispuestas en las cláusulas PRIMERA a CUARTA del Acta Acuerdo de fecha 03 de mayo de 2007, se incrementan las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en el escalafón establecido por Resolución de Consejo Directivo del INTI N° 124/94 y modificaciones resolutivas y convencionales, en un 10 % a partir del 1/6/07; y en un 6,5% a partir del 1/8/07.
Como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo que antecede se establecen los montos correspondientes a los conceptos Sueldo Básico; Función Específica; Asignación de la Categoría; Adicional por Titulo y Función de Cargo para el personal encuadrado en dicho escalafón, con vigencia a partir del 1º de junio de 2007 conforme al alcance que se detalla en los Anexos I, II y III, y del 1º de agosto de 2007 de acuerdo al alcance que se detalla en los Anexos IV, V y VI del presente acuerdo.
No siendo para más se da por finalizado el acto siendo las 15.30 hs, firmando los presentes ante mi que certifico.

ANEXO I
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
Asignación de la categoría a aplicar a todas las clases y grupos del escalafón (Resolución de Consejo Directivo del INTI Nº 124/1994 y modificatorios resolutivos y convencionales)
A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2007


ANEXO II

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

ADICIONAL POR TITULO A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2007


ANEXO III

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

FUNCION DE CARGO A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2007


ANEXO IV

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

Asignación de la categoría a aplicar a todas las clases y grupos del escalafón (Resolución de Consejo Directivo del INTI Nº 124/1994 y modificatorios resolutivos y convencionales)

A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO DE 2007


ANEXO V

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

ADICIONAL POR TITULO A PARTIR DEL 1º DE AGOSTO DE 2007

ANEXO VI

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

FUNCION DE CARGO A PARTIR DEL 1º DE AGOSTO DE 2007


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